La gestión de la fianza por el arrendador
El depósito de fianzas de arrendamientos de viviendas y otras fincas urbanas es obligatorio para el arrendador, gratuito (sin devengo de interés) y en metálico. Para efectuar el depósito de la fianza debe disponer del contrato de arrendamiento para formalizar el documento de autoliquidación. El trámite del Depósito de la fianza consta de tres pasos: Grabación e impresión del documento de autoliquidación de la fianza (Modelo 2). Envío del contrato de arrendamiento y, si procede, del Documento de compromiso relativo al Avalloguer. Ingreso de la fianza grabada. Para efectuar el trámite del depósito de la fianza de manera presencial, puede dirigirse a las siguientes entidades colaboradoras: Cámaras de la Propiedad Urbana de Cataluña. Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) de la Generalitat de Cataluña. *La información facilitada variará en función de la Comunidad Autónoma.